Los pilares de la Ley Fintech de Chile

Los fundamentos de la Ley Fintech en Chile creará grandes responsabilidades para instituciones financieras, tanto tradicionales como las nuevas. Beneficios y oportunidades de cara al futuro.

Una reciente encuesta de Finovista Fintech Radar Chile 2023 muestra interesantes resultados del crecimiento de las Fintech en Chile. Dicho informe señala que de 179 startups que existían en el año 2019, hoy hay 300 de origen chileno. Además, en el período llegaron 78 startups de origen extranjero, principalmente provenientes de Colombia, México y Argentina, llevando el mercado chileno a 378 empresas. El crecimiento es significativo, considerando además que 38 emprendimientos desaparecieron en este período.

Estas cifras son un contexto del marco en el cual se está desarrollando la implementación de la ley Fintech -aprobada el 22 de diciembre de 2022-.

Los pilares de esta ley están orientados a fomentar la competencia en la industria financiera, preservar la estabilidad del sistema y seguir avanzando en inclusión financiera.

Es muy interesante el trabajo que está liderando la Comisión para el Mercado Financiero en Chile (CMF), que, con distintas mesas de trabajo integradas por distintos actores de la industria financiera, se observa la colaboración pública/privada y se avanza rigurosamente en construir la reglamentación que requiere la ley. Cabe señalar que la CMF tiene un plazo de 18 meses desde publicada dicha ley, para tener los reglamentos correspondientes y son más de 70 tópicos que requieren ser regulados.

Los desafíos que plantea la ley

La tarea es amplia y compleja ya que, por un lado, se debe proteger a los ciudadanos, y por otra parte, se debe asegurar que la información sea suficiente, veraz, entendible, oportuna y estandarizada, definir cuándo y cómo informar a los clientes, etc.

La empresas que participan del sistema de finanzas abiertas tendrán que cumplir con las definiciones que se establezcan en materia de desarrollo, adquisición y actualización de infraestructura tecnológica; procedimientos de gestión de capacidad para la prestación continua del servicio a través de sus plataformas; contar con un Plan de Continuidad de Negocio robusto; procedimientos de escalamiento, comunicaciones, gestión y reporte de eventos de continuidad operacional; realización de pruebas periódicas para gestionar la continuidad operacional; gestión de los proveedores externos; patrimonio en función del tamaño de la empresa, garantías financieras y un largo etc. de condiciones para operar.

Jugará un papel extremadamente relevante el intercambio entre prestadores de servicios financieros de la información personal de clientes, que hayan entregado explícitamente consentimiento expreso para ello. Los mecanismos que se implementen para gestionar los consentimientos deberán ser de fácil interacción para los titulares de los datos, con altos niveles de seguridad y deberán permitir a las personas que puedan ejercer el control sobre los mismos, toda vez que ellos son los propietarios de la información.

Será una experiencia interesante como las instituciones financieras deban compartir ciertos tipos de datos a través de APIs, por solicitud de sus clientes. Los proveedores de servicios basados en información podrán conectarse también vía API con las instituciones financieras de los clientes.

El foco puesto en el consumidor

Lo del consentimiento es un tema en gran medida novedoso y desafiante en Chile. Si bien hoy en Chile existe una ley de protección de datos, también en paralelo hay un proyecto de ley para modificarla y lograr estándares normativos similares a países desarrollados, de modo que hoy no es muy robusta la normativa vigente.

A partir de la ley Fintech las empresas deberán cumplir con condiciones relativas al consentimiento debiendo este ser previo, explícito, informado, específico y revocable. A su vez, deberá quedar muy claro la finalidad y temporalidad en el uso de los datos.

Las instituciones financieras, tanto tradicionales como las nuevas, tendrán grandes responsabilidades, las que estarán obligadas a cumplir con estándares de integridad, disponibilidad, seguridad y confidencialidad. También deben reportar incidentes que involucren una vulneración a las medidas de seguridad.

La CMF tendrá un importantísimo rol de fiscalización para asegurar se cumplan los objetivos y principios que sustentan esta ley y velar porque se cumplan los estándares de ciberseguridad, así como los protocolos de intercambio de información.

Todo hace pensar que Chile avanza por buen camino en el proceso de implementar una ley que traerá importantes beneficios para los ciudadanos, ya que aumentará la competencia y mejorarán los productos y servicios que se ofrecen a los clientes, todo esto en un marco de protección de datos privados, alta seguridad y adecuada supervisión. Esperamos estar hablando de logros concretos a partir del  año 2025.

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