Derecho al olvido financiero abre un debate sobre el acceso al crédito y la evaluación de riesgo en Chile

Una indicación aprobada por la Comisión de Hacienda del Senado busca impedir que las instituciones financieras utilicen deudas de más de cinco años para rechazar créditos y otros productos. Expertos advierten que la medida podría reducir la información disponible para evaluar a los clientes.

Tras su aprobación en la Comisión de Hacienda del Senado, la propuesta deberá avanzar por las siguientes etapas de tramitación parlamentaria | Freepik

El derecho al olvido financiero entró en el debate legislativo chileno tras la aprobación, por parte de la Comisión de Hacienda del Senado, de una indicación al proyecto de Ley de Reconstrucción Nacional. La propuesta establece que bancos e instituciones financieras deberán eliminar de sus registros las deudas impagas o ya pagadas que tengan más de cinco años de antigüedad y no podrán utilizar esa información para rechazar créditos, cuentas corrientes u otros servicios financieros.

La iniciativa fue impulsada por la senadora Daniela Cicardini (PS) y todavía debe continuar su tramitación legislativa antes de convertirse en ley. Además de limitar el uso de antecedentes crediticios antiguos, la indicación contempla que, cuando una entidad rechace una solicitud, deberá comunicar por escrito las razones objetivas que fundamentaron la decisión.

La propuesta busca limitar el uso de deudas antiguas

Según explicó Gabriel Valenzuela, académico de la Escuela de Negocios de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI) a Chócale, la medida busca que las instituciones financieras eliminen de sus registros determinadas obligaciones impagas o morosas y que esos antecedentes dejen de utilizarse para decidir sobre nuevas solicitudes de financiamiento.

El denominado derecho al olvido financiero plantea así una modificación en la información histórica que pueden considerar las entidades al analizar el perfil de riesgo de una persona.

Sin embargo, el alcance de la medida sobre el acceso al crédito genera debate. Valenzuela señaló que la legislación vigente ya contempla restricciones sobre la información que las instituciones pueden entregar al sistema financiero.

El impacto sobre la inclusión financiera genera dudas

El académico explicó que la Ley 21.680 de Registro de Deuda Consolidada establece límites respecto de la información que una institución financiera puede entregar al sistema.

Según su análisis, una persona que haya tenido incumplimientos con una determinada institución puede acceder a financiación en otras entidades una vez transcurridos cinco años. El principal límite se mantiene respecto del mismo banco donde se produjo el incumplimiento, debido a que esa entidad conserva el historial negativo del cliente.

En ese contexto, Valenzuela consideró que el impacto de la nueva iniciativa sobre la inclusión financiera podría ser limitado, dado que la normativa vigente ya permite acceder a financiación en otras instituciones después de ese período.

La discusión, por tanto, se desplaza hacia el modo en que los bancos evaluarían el riesgo de los clientes si disponen de menos información histórica.

Menos información histórica podría modificar los criterios de crédito

La eliminación de antecedentes crediticios antiguos también podría aumentar el peso de otras variables en las decisiones de financiación.

“El contar con menos información sobre el historial crediticio hace que otras variables, como por ejemplo el ingreso de las personas y la estabilidad laboral, se vuelvan más relevantes a la hora de decidir otorgar un crédito”, afirmó Valenzuela.

La indicación plantea así un equilibrio entre facilitar una nueva oportunidad de acceso al financiamiento para personas con deudas antiguas y preservar información que las entidades utilizan para evaluar el riesgo crediticio.

Tras su aprobación en la Comisión de Hacienda del Senado, la propuesta deberá avanzar por las siguientes etapas de tramitación parlamentaria. Su alcance definitivo dependerá del resultado de ese proceso legislativo.

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