El Registro de Impagados Judiciales impulsa el cobro de ejecuciones de impagados en tan sólo 20 días

La cláusula RIJ emerge en los Juzgados españoles como solución legal clave para impulsar los cobros de ejecuciones de impagados en tan sólo 20 días.

Enrique Zarza, director general e RIJ | RIJ

El nuevo sistema de notificación judicial del Registro de Impagados Judiciales (RIJ), el Sistema de Información Crediticia, desarrollado por la Abogacía Española con su socio INFORMA (filial del grupo CESCE), ha emergido como una herramienta legal imprescindible en los Juzgados españoles para impulsar las ejecuciones de impagados y reducir los largos procedimientos judiciales.

En su corta vida, la cláusula RIJ, incluida en la demanda o escrito judicial, se ha convertido en un instrumento legal innovador para que el deudor-demandado haga frente a sus obligaciones dinerarias en tiempo récord. Esto se debe a que dicho deudor es informado vía judicial, en el mismo procedimiento, de la voluntad del acreedor de incluirlo en el fichero de morosos de la Abogacía Española si no hace frente al pago.

Este sistema pionero ha sido especialmente diseñado para dar respuesta a los alarmantes datos recogidos en la última memoria del Consejo General del Poder Judicial, en la que se sitúa el período medio de pago de las ejecuciones de impagados en nuestro país en 40 meses.

Desde su puesta en funcionamiento, en abril de 2023, el uso de la cláusula RIJ ha permitido anotar sus primeros casos de cobro exprés, el último en tan sólo 19 días, en el seno de un procedimiento en ejecución por incumplimiento de una sentencia firme de julio de 2022.

En este último caso de éxito, el deudor hizo frente al pago de la deuda inmediatamente después de recibir la advertencia de inclusión en el fichero RIJ, sin que fuese necesario realizar la segunda notificación preceptiva por la que se le comunica la inclusión efectiva en el fichero. Este nuevo caso de cobro exprés acredita la efectividad de la cláusula RIJ, incluida en los escritos judiciales, para el recobro.

Su implementación ha sido posible gracias al aval de jueces y letrados de la Administración de Justicia que están aceptando ya su utilización en juzgados de todo el territorio nacional para impulsar el cobro de deudas, con plena garantía jurídica.

Declaraciones del director general

El director general del RIJ, Enrique Zarza, destaca la importancia de “la cascada de resoluciones judiciales en las que se respalda su utilización como instrumento legal válido para informar al deudor, así como el goteo continuo de casos de cobro exprés que estamos registrado en el último trimestre del año, ya que es la confirmación de que este novedoso sistema, pionero en el mundo, es una solución tecnológica y jurídica eficaz para resolver el problema de las sentencias infructuosas y aliviar la carga de trabajo de los Juzgados”.

Asimismo, ha señalado que “esta novedosa operativa ha permitido democratizar los tradicionales ficheros de morosos, siendo accesible a particulares, autónomos, pymes o empresas, a través de sus abogados, y recogiendo información exclusiva del mercado de deuda privada, lo que está generado una alta demanda para la integración de grandes empresas dispuestas a compartir datos sobre procedimientos judiciales”.

Esta agilidad en el cobro es posible porque ahora existe un registro de morosos, en abierto, gratuito, accesible al sistema financiero y empresarial español, que afecta a la capacidad crediticia y a la reputación social y empresarial del deudor, lo que acelera exponencialmente el recobro.

Todo ello, con plena seguridad jurídica, garantizando el derecho al honor del deudor y cumpliendo con toda la normativa vigente en materia de Protección de Datos, siendo uno de los sistemas de información crediticia más garantista del país, al contar con el aval de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, y el respaldo de jueces y letrados de la Administración de Justicia en el uso de la cláusula RIJ, como instrumento legal válido, para comunicar al deudor la voluntad del acreedor de incluirle en el RIJ.

“Según nuestros cálculos, los abogados que están haciendo uso de la tecnología del Registro de Impagados Judiciales pueden mejorar sus ingresos anuales entre un 10 y 30%”, ha advertido.

Esta operativa, por tanto, no solo representa un avance tecnológico en el ámbito legal, sino que se posiciona como un catalizador para transformar la dinámica de los procedimientos judiciales, beneficiando tanto a abogados como a clientes y contribuyendo a una justicia más eficiente y equitativa.

Tecnología de vanguardia para sumarse a la era digital

El director general del fichero de morosos de la Abogacía ha hecho hincapié en la importancia de sumarse a los beneficios que aporta la digitalización para optimizar el trabajo en los abogados: “En la era digital, en el mundo empresarial, el grande ya no se come al pequeño, ahora el rápido en aplicar la tecnología de vanguardia es el que sobrevive al tsunami digital”.

“Esto quiere decir que un despacho pequeñito que use la tecnología del RIJ puede convertirse en líder en la recuperación de deudas de sus clientes y el asesoramiento en la toma de decisiones; un bufete que renuncie a formarse en su uso para optimizar su trabajo diario desaparecerá en un breve espacio de tiempo”, ha sentenciado.

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