El anteproyecto del Gobierno plantea integrar en la Autoridad Nacional de Integridad Financiera funciones actualmente dispersas y convertirla en el interlocutor español ante la autoridad europea AMLA.

La futura Autoridad Nacional de Integridad Financiera (ANIFI) concentrará buena parte de las competencias españolas en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. El organismo, previsto en el anteproyecto aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros, se configura como una autoridad administrativa independiente que integrará funciones actualmente repartidas entre el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) y la Secretaría de la Comisión.
La reforma forma parte del Anteproyecto de Ley de medidas integrales en materia de prevención del blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva. El texto se encuentra en fase de audiencia e información pública, con plazo para presentar alegaciones hasta el 30 de septiembre de 2026, por lo que su contenido puede modificarse durante la tramitación.
El objetivo es sustituir el marco establecido por la Ley 10/2010 y adaptar el ordenamiento español al nuevo paquete europeo contra el blanqueo de capitales, además de incorporar las reformas derivadas de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Una autoridad para inteligencia financiera, supervisión y sanción
El principal cambio institucional planteado por el Gobierno es la concentración de competencias en un único organismo.
ANIFI asumiría las funciones de Unidad de Inteligencia Financiera que actualmente desarrolla el SEPBLAC, junto con competencias de supervisión e inspección, potestad sancionadora y aplicación de sanciones financieras internacionales.
También incorporaría actuaciones relacionadas con la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, un ámbito que, según el Gobierno, no se encuentra actualmente atribuido de forma específica a una autoridad española.
La concentración supone modificar la actual distribución institucional de la prevención del blanqueo. El modelo previsto reúne bajo una misma autoridad la recepción y análisis de información financiera, la supervisión del cumplimiento de las obligaciones y determinadas capacidades sancionadoras.
ANIFI se convertiría, además, en el interlocutor único de España ante la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo (AMLA), creada dentro del nuevo marco regulatorio europeo.
Así se organizará la nueva autoridad antiblanqueo
La reorganización afecta también al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB). El Gobierno prevé utilizar su actual estructura y servicios operativos como base para constituir ANIFI.
Este movimiento implica, a su vez, redistribuir las competencias de resolución ejecutiva que actualmente corresponden al FROB. El anteproyecto contempla trasladarlas al Banco de España y a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), dentro de la reorganización institucional prevista por la reforma.
ANIFI tendría asimismo un sistema de financiación propio, independiente de los Presupuestos Generales del Estado. Según la propuesta del Gobierno, sus recursos procederían, entre otras vías, de una tasa aplicada a sujetos obligados sometidos a licencia administrativa, fundamentalmente entidades financieras y operadores de juego.
Parte de las sanciones impuestas se destinaría también a financiar actividades relacionadas con la prevención y persecución del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como actuaciones de cooperación internacional.
Qué supone ANIFI para las entidades financieras
Para bancos y otros sujetos obligados, la creación de ANIFI debe entenderse dentro de una reforma más amplia que la mera sustitución de un supervisor.
El anteproyecto adapta la legislación española al paquete europeo contra el blanqueo, formado, entre otras normas, por el Reglamento (UE) 2024/1620, que crea AMLA; el Reglamento (UE) 2024/1624, que establece nuevas reglas directamente aplicables en materia de prevención; y la Directiva (UE) 2024/1640.
La propuesta española contempla también la incorporación de nuevos sujetos obligados, el refuerzo de la transparencia sobre la titularidad real y nuevas capacidades de inspección y sanción. Además, endurece los requisitos de idoneidad aplicables a determinados sujetos y responsables.
Por tanto, la incumbencia de ANIFI abarcaría desde la inteligencia financiera hasta la supervisión e inspección de los sujetos obligados, pasando por el ejercicio de potestades sancionadoras y la coordinación con la nueva arquitectura europea.
Para las entidades financieras, el cambio relevante no consiste únicamente en el nombre del organismo ante el que deberán responder. La reforma reorganiza quién supervisa, quién sanciona y quién representa a España ante las autoridades europeas, mientras el marco regulatorio nacional se adapta simultáneamente a las nuevas reglas comunitarias.
Una reforma todavía en tramitación
La configuración definitiva de ANIFI todavía no está cerrada. El Ministerio de Economía mantiene abierto hasta el 30 de septiembre el periodo de audiencia e información pública del anteproyecto.
Tras esta fase deberá continuar el procedimiento legislativo correspondiente antes de que las medidas puedan adquirir carácter definitivo. Hasta entonces, tanto las competencias concretas de ANIFI como otros elementos de la nueva arquitectura institucional deben entenderse como parte de una propuesta normativa todavía sujeta a modificaciones.
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