En esta oportunidad incursionaré en un tema que tiene una componente legal muy relevante, pero por el impacto que tiene para la industria financiera chilena considero importante visibilizarlo aun cuando yo no soy abogado: el auto fraude.
Durante el año 2023 los fraudes externos en la banca chilena crecieron en más de un 100% y representaron más de 350 millones de dólares. Esta situación se repite con medios de pago del retail, con montos menores.
¿Qué es lo que explica este inusitado crecimiento de los fraudes?
Paradójicamente, la denominada “ley antifraude” chilena -Ley 21.234 de 2020-, limita la responsabilidad del usuario de medios de pago y transacciones electrónicas ante el caso de extravío, hurto, robo o fraude.
La ley estableció que la entidad financiera tiene 5 días hábiles para restituir o cancelar los cargos hasta por aproximadamente 1.300 dólares de transacciones que un cliente denuncie como posible fraude.
Si bien la institución puede, acreditando dolo o culpa grave del “usuario”, ejercer ante un juez de policía las acciones correspondientes, en la práctica no es posible en 5 días. Esto implica que muchas personas han estado aprovechando esa circunstancia para hacer un auto fraude.
Cabe señalar que lo anterior no significa que no existan fraudes. Debe leerse como que la señalada ley permitió la proliferación de auto fraudes, masificando conductas delictivas. Incluso en redes sociales es posible ver capacitaciones para realizar fraudes.
El tema es muy preocupante. Más allá de los montos significativos de estos auto fraudes, por las implicancias que tiene para el desarrollo de la industria financiera, tanto en la inclusión financiera, la bancarización, y la digitalización de productos. Se perjudica a los clientes que actúan correctamente, y son la gran mayoría.
La ley y la trampa, cómo enfrentar los próximos desafíos
Tanto el gobierno chileno, como la entidad reguladora – CMF -, preocupados de esta situación y el daño que se causa al mercado, evaluaron cambios y emitieron el primer proyecto de modificaciones a la ley vigente que ya es analizado y discutido en el parlamento. Aun cuando esta propuesta inicial es vista como insuficiente por muchos expertos, sería una buena señal que se corrija esta legislación.
Más allá de que el problema descrito es aplicable solo a Chile, el mensaje es más general. Las medidas legales para proteger los derechos de los ciudadanos, deben ser realizadas mirando todas la implicancias que estas tienen, tanto para las personas como para el desarrollo de las industrias. Finalmente, esto ayudaría a que el remedio no sea peor que la enfermedad.
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