El papel del canal regulado en la protección del consumidor en micropréstamos

Artículo de opinión de Víctor de las Heras, vicepresidente de AEMIP
publicado originalmente en El Economista.

La transparencia y la regulación se posicionan como elementos clave para garantizar la protección del consumidor en el mercado de micropréstamos, especialmente en un contexto de creciente demanda de financiación inmediata.

Este artículo de opinión, firmado por Víctor de las Heras, vicepresidente de AEMIP, fue publicado originalmente en El Economista y se reproduce con atribución de fuente.

Cada 15 de marzo, el Día Mundial de los Derechos del Consumidor nos recuerda que toda persona tiene derecho a estar informada, a elegir con criterio, a ser tratada con equidad y a poder reclamar cuando algo no funciona. En el ámbito del crédito al consumo, y muy especialmente en el de los micropréstamos de bajo importe y corta duración, estos principios se ponen a prueba de forma cotidiana. No hablamos de teorías abstractas, sino de decisiones muy concretas: cómo se informa al cliente, cómo se evalúa su solvencia, quién asume la responsabilidad cuando las cosas van mal.

En los últimos años, el crédito de pequeño importe se ha convertido en una herramienta habitual para muchos hogares que se enfrentan a gastos imprevistos. Una reparación urgente del coche, la sustitución de un electrodoméstico básico o un recibo que no puede esperar al siguiente salario son ejemplos frecuentes. Así, el micropréstamo regulado no está concebido para financiar proyectos a largo plazo, sino para actuar como un puente de liquidez en momentos puntuales.

Transparencia y evaluación de solvencia

Sobre esta realidad se asienta la primera convicción de AEMIP: la transparencia es la forma más directa de proteger al consumidor. En el entorno del microcrédito, ser transparente no se limita a cumplir la letra de la ley, sino que exige explicar en un lenguaje comprensible cuánto dinero va a recibir el cliente, cuánto va a devolver en total, en qué plazo y qué ocurre si se retrasa o si su situación económica cambia.

La transparencia, además, no termina en el contrato. También se refleja en la forma en que se decide la concesión del crédito. Frente a la imagen simplista de que los “créditos rápidos” se aprueban sin filtros, la experiencia del canal regulado demuestra lo contrario. Sin ir más lejos, las entidades integradas en AEMIP están sujetas a un código de buenas prácticas que obliga a realizar un análisis previo de solvencia en todos los casos. Gracias al uso de tecnología avanzada, este análisis puede hacerse en minutos, pero no por ello es menos riguroso: se combinan consultas a ficheros de crédito cuando resulta proporcionado, herramientas de open banking que permiten verificar ingresos y movimientos, y controles antifraude diseñados para detectar situaciones de riesgo.

En 2025, la ratio de aprobación de nuevos clientes de AEMIP se situó en el 16,30 %. Menos de dos de cada diez solicitudes de nuevos clientes son finalmente aprobadas. Decir “no” a tiempo también es una forma de proteger al consumidor y de evitar que un producto pensado para resolver un imprevisto puntual se convierta en un problema adicional.

El riesgo de los canales no regulados

El Día del Consumidor es también una buena ocasión para abordar un equívoco frecuente: la idea de que la mejor forma de proteger al usuario es cerrar el grifo del crédito de pequeño importe. La experiencia en otros países demuestra que la necesidad de financiación de emergencia no desaparece porque se endurezca el marco regulatorio. Cuando el canal regulado se vuelve inviable o inaccesible, esa demanda se desplaza hacia formas de financiación opacas: operadores no supervisados, acuerdos informales, economía sumergida del crédito.

En ese terreno, la transparencia es mínima, los costes reales son difíciles de conocer y los mecanismos de defensa del consumidor son, en la práctica, inexistentes.

Por eso, la mejor garantía para quien necesita un micropréstamo es precisamente poder contar con un canal regulado, transparente y profesionalizado. Un canal sometido a normas claras, a supervisión administrativa y a códigos de conducta adicionales; un canal que puede y debe responder ante los órganos de consumo, las autoridades financieras y los tribunales. Cuando el usuario acude a una entidad regulada, sabe que hay reglas, vigilancia y responsabilidad. Cuando recurre a soluciones fuera de ese marco, entra en un terreno donde sus derechos son mucho más difíciles de ejercer.